celebraci贸nde la vista [NOTA: O fase de audiencia previa de juicio ordinario o vista de juicio verbal, en su caso] correspondiente a este procedimiento en los t茅rminos establecidos en los art铆culos 432 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil [NOTA: O, en su caso, conforme al art. 414 trat谩ndose de la
Trasla entrada en vigor de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil la celebraci贸n de la vista depender谩 de la
ElLetrado de la Administraci贸n de Justicia proveer谩 seg煤n lo que coincidentemente hayan solicitado las partes. En otro caso, solo acordar谩 la celebraci贸n de vista o la formulaci贸n de conclusiones escritas cuando lo solicite el demandante o en el momento en que, habi茅ndose practicado prueba, lo pida cualquiera de las partes;
Silas partes no hubieran formulado solicitud alguna el Juez o Tribunal, excepcionalmente, atendida la 铆ndole del asunto, podr谩 acordar la celebraci贸n de vista o la formulaci贸n de
Enla pr谩ctica, lo habitual es que la celebraci贸n de la vista a puerta cerrada se solicite por escrito con car谩cter previo por la parte que as铆 lo desee, petici贸n de la que se dar谩 traslado a las partes, a fin de que conozcan los motivos alegados, dando la palabra al Ministerio Fiscal y a las partes, as铆 como al Jurado en esos
5 Si en el auto recurrido en apelaci贸n se acordare la prisi贸n provisional de alguno de los investigados o encausados, respecto de dicho pronunciamiento podr谩 el apelante solicitar en el escrito de interposici贸n del recurso la celebraci贸n de vista, que acordar谩 la Audiencia respectiva.
. 268 27 31 315 293 39 245 165 49

escrito solicitando la no celebraci贸n de vista